Nos encontramos ante un texto histórico de naturaleza
jurídica, un fragmento de un Decreto de Nueva Planta: el Decreto de abolición
de los fueros de Aragón y Valencia de 1707. Su autor es individual, Felipe V de
Borbón, nieto de Luis XIV y Rey de España por derecho de sucesión tras la
muerte de Carlos II en 1700 y tras librar la guerra de sucesión frente a Carlos
de Habsburgo archiduque de
Austria.
El destinatario del texto es público, ya que es un Decreto
que se daba a conocer a todos los súbditos de Aragón y Valencia en particular y
del resto de España en general. Es una fuente primaria.
El Decreto se publicó en plena guerra, tras la conquista de
los reinos de Aragón y Valencia, que habían apoyado al candidato de la corona
de Austria, Carlos. El texto responde al deseo de Felipe V de reorganizar los
territorios de España que había recibido por herencia, y en parte puede verse
como un castigo y una advertencia para el resto de territorios en caso de no
apoyar a Felipe V.
El Decreto expone que los reinos de Aragón y Valencia han
perdido sus fueros por haber faltado al juramento de fidelidad a Felipe de
Borbón. EN consecuencia, habiendo conquistado esos territorios por la fuerza de
las armas, Felipe V somete a estos
territorios a las leyes castellanas.
El texto puede
dividirse en dos partes: en la primera, se exponen las motivaciones y razones
que le han llevado a tomar una serie de decisiones.
En la segunda, se exponen esas decisiones o medidas que
afectan a Aragón y Castilla.
Felipe V considera que los territorios de Aragón y Valencia
han faltado al juramento de fidelidad que le hicieron en 1700 al apoyar a
Carlos. Por ello han perdido todos sus fueros, libertades y exenciones
tradicionales. La forma de centralismo borbónica fue la causa que había hecho a
los representantes de Aragón y Valencia apoyar al candidato de Austria.
En la segunda parte, Felipe V expone su decisión de reducir
los territorios de Aragón y Valencia a las leyes castellanas. Quedaban así
abolidas las instituciones tradicionales del gobierno de Aragón y Valencia, asi
como se obligaba al uso del castellano en aquellos lugares en los que no se
usaba. Son de destacar dos medidas: en primer lugar, la abolición de las
diferencias entre los vasallos de los distintos territorios, lo que abría las
puertas de América a los aragoneses y valencianos.
En segundo lugar, la creación de una audiencia de ministros
en Aragón y en Valencia de acuerdo al modelo de las chancillerías castellanas,
con lo que quedaba sustituido el gobierno tradicional de estos territorios.
Los Decretos de Nueva Planta fueron las leyes con las que
Felipe V emprendió la reforma administrativa de los territorios de la corona de
España. El objetivo de los decretos de Nueva Planta respondía al deseo de
Felipe V de uniformizar la administración de los territorios de la monarquía
Hispánica, sumidos en una crisis económica y desbastados por la guerra. El
objetivo era reducir los territorios del reino a las leyes e instituciones del
gobierno castellanas, acabando con el mosaico de jurisdicciones territoriales.
En la aplicación de los Decretos quedaron fuera de la reforma
de algunos que dejan incompleta la obra de unificación legislativa:
- Se permitió la exención de los territorios del valle de Arán, así como se conservaron los fueros del País vasco y Navarra.
- Se permitían exenciones en base a privilegios eclesiásticos.
CONSECUENCIAS
Los Decretos de Nueva Planta desarrollaran así el nuevo
sistema administrativo traído por los Borbones y aplicado en Francia. Los Decretos
de Nueva planta iniciaban un nuevo modelo de organización administrativa
absolutista propio de la nueva dinastía francesa. Además, con la supresión de
las antiguas cortes de Aragón y Cataluña, quedaban constituidas las cortes de
España, aunque éstas sólo se reunieron para las coronaciones.
La aplicación de los Decretos sólo pudo realizarse con
tranquilidad desde el fin de las hostilidades que representó el Tratado de
Utrecht de 1713, paz que recordemos ponía fin a la guerra de sucesión española.
Desde 1713 Felipe V gobierna España y aplica nuevos Decretos de nueva planta en
Cataluña. Baleares y Castilla.