Comentario
de texto de la constitución de Cádiz
Nos
encontramos ante un texto histórico de fuente primaria y de naturaleza
jurídica, son fragmentos de la constitución de Cádiz, la primera Constitución
española que establece el modelo del
liberalismo en España. (El Estatuto de Bayona se debe considerar como
una carta otorgada ya que no fue
elaborada por un parlamento soberano y nacional), También es coloquialmente conocida como la
Pepa y fue
promulgada el 19 de marzo de 1812.
promulgada el 19 de marzo de 1812.
Los autores de esta Constitución fueron los diputados convocados y reunidos en las Cortes de Cádiz,
representantes de la Nación española, de todos los españoles de ambos
hemisferios. El sistema de representación por el que fueron nombrados fue muy
complejo: muchos eran enviados por las Juntas Provinciales, otros por el
antiguo sistema de representación a Cortes de Castilla.
El destinatario del texto es el conjunto de
españoles, ya que esta ley es de obligado cumplimiento tanto en España como en
América. La Junta Central Suprema se declara soberana en todo el territorio
nacional, y convoca Cortes Constituyentes. Éstas Cortes, redactan esta
Constitución con el objetivo de legitimar su labor y establecer un cuerpo
legislativo que sirviera para organizar las principales instituciones del país,
en tiempos de guerra. De esta manera, se desvinculan totalmente de la
administración del rey impuesto por Napoleón Bonaparte, José I.
CAUSAS
La Constitución de Cádiz se produjo en plena Guerra
de la Independencia. Hay que tener en cuenta que parte de la península
está ocupada por tropas francesas, y que las Cortes representan la resistencia política ante el invasor, pero
además las Cortes de Cádiz vienen a suplir un “vacío de poder”, es decir, el rey legítimo era José I Bonaparte,
ya que Carlos IV y su hijo Fernando VII habían abdicado en Bayona entregando el
trono a Napoleón y este a su hermano. Sin embargo, parte de la Nación española,
no reconoció esa cesión de la soberanía y se levantó en armas. Los sucesos del 2 de mayo de 1808 en Madrid, se
extendieron por todo el país. En algunas provincias se crearon Juntas Provinciales y se formó una Junta Suprema Central o Nacional que intentó coordinar los esfuerzos bélicos lo que trajo
como resultado la victoria de Bailén
(julio de 1808) además de un movimiento
popular de resistencia espontáneo, que dio lugar a la “guerra de guerrillas” y a los “guerrilleros”, que por su cuenta
hicieron la guerra a los franceses. Fueron famosas las partidas guerrilleras
del Empecinado, el cura Merino, o la resistencia
de algunas ciudades, “sitios” como Gerona y Zaragoza. Este vacío de
poder hizo que la Junta Suprema Central, intentara convocar una reunión de
representantes de todas “las Españas” (Cortes), para organizar jurídicamente
esa resistencia al invasor francés. La mayor parte de los representantes eran
miembros de la burguesía, (aunque también los hubo de la nobleza y el clero) lo
que permitió el triunfo de la reunión conjunta en una cámara única y la
proclamación de la soberanía nacional.
El texto se
encuentra dividido en artículos:

En el artículo 8 comentan una de las características del nuevo
modelo liberal: la desaparición de los privilegios, sobre todo de tipo fiscal.
Todos los españoles están obligados a pagar impuestos, incluyéndose por primera
vez a la nobleza y el clero también.
El artículo 12 demuestra que el sistema político liberal no
era antirreligioso y que una parte importante de los diputados de las
Cortes eran miembros del clero, de forma
que la Iglesia conserva su posición y la religión católica es definida como la
oficial, única y verdadera, y se prohíbe el culto de cualquier otra. Se trata
de uno de los aspectos menos progresistas de la Constitución.
El artículo 15
determina el modelo político del sistema liberal que será una monarquía limitada, basada en la separación
de poderes. Las leyes las elaboran las Cortes, que son sancionadas por el rey,
reservándole la Constitución la capacidad de veto durante dos legislaturas.
En el
artículo 34 se habla del sistema de votación para elegir a los nuevos
diputados de las Cortes en las elecciones, que consiste en un sufragio
indirecto en tres grado: parroquia, partido y provincia.
En los artículos 91 y 92, Se especifican los
requisitos necesarios para poder ser elegido diputado de las Cortes, en los que
se exige: Ser ciudadano hombre, mayor de veinticinco años y poseer una buena
renta anual y bienes propios. Por lo que que la elección de los diputados era
limitada y sólo podían ser elegidos los hombres más pudientes.
En el artículo 168 Se le concede al rey la
inmunidad diplomática, en la que el rey no es igual que los ciudadanos ante la
ley.
En el artículo 362 se expone que en cada provincia se establece
un cuerpo de milicia nacional. La Milicia nacional es una guardia
cívico-militar instituida por las Cortes de Cádiz que actuaba en la provincia y
excepcionalmente fuera de ella con el fin de defender la Constitución de Cádiz.
En el artículo 366, la constitución establece
las bases de una educación general al disponer que en todos los Ayuntamientos
se creen escuelas de primeras letras. La Constitución de Cádiz ha sido la única
constitución española que da importancia a la educación, ya que consideran la
educación como un factor del progreso.
Los liberales son conscientes de que una democracia estable sólo
es posible si cuenta con una población educada para la libertad, con una
población básicamente instruida, conocedora de sus derechos y de sus deberes,
forjada en la difícil virtud de la convivencia y de la tolerancia.
El artículo
371 reconoce el derecho a la libertad de imprenta para ideas políticas que
hasta el momento estaban censuradas. Esto tiene una importancia trascendental
porque la libertad de imprenta es la
esencia de un sistema liberal.
CONSECUENCIAS
El fin de la
Guerra de Independencia se produjo tras
el Tratado de Valencay, por el
que el rey Fernando VII fue “restaurado”. Y lo primero que hace al
volver del destierro es anular la Constitución y continuará con un gobierno absolutista, en la línea de
lo que se hace en “la Europa de la Restauración” (Congreso de Viena y Santa
Alianza) después de derrotar a Napoleón.
La constitución no se llegó a aplicar en su
momento por causa de la guerra y, una vez terminada esta, fue rechazada por
Fernando VII, este primer desafío al absolutismo en España fue muy importante
para el futuro por servir de modelo no sólo a los liberales españoles, sino
también a europeos y americanos. Por último, es importante señalar que fue la
primera ley fundamental aprobada por un Parlamento Nacional en España.
En definitiva, este documento supone la
irrupción de las ideas de la en la política española, hasta entonces anclada en
la tradición propia del Antiguo Régimen. Nos encontramos, por tanto, frente al
primer paso hacia la Democracia en nuestro país. Su importancia, además de por
ser la primera, deriva del profundo influjo que tuvo en las posteriores
Constituciones españolas y americanas.